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¿Qué tipo de deudas se heredan al fallecer?

Autor: Leonardo Daniel Bernardo Aparicio

Una de las mayores dudas que aquejan a las personas es saber el destino de las deudas de un familiar que fallece, si bien, gran parte de estas desaparecen, no todas son aptas para ser eliminadas.

¿Qué tipo de deudas no desaparecen al morir?

Si bien es cierto que las deudas de una persona fallecida no se pueden cobrar a sus familiares, esto aplica en créditos hipotecarios y tarjetas de créditos así como en préstamos personales. Sin embargo hay una serie de deudas que aún perduran después de la muerte.

Deudas fiscales

Por ejemplo, las deudas fiscales no se eliminan al momento de fallecer y por el contrario el SAT (Servicio de Administración Tributaria), se encargará de cobrarla a sus familiares.

En este caso, considera la masa hereditaria para liquidar las deudas que el difunto tenga, y en caso de sobrar recursos de la herencia, esta se repartirá según el testamento o la designación de un juez.

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Deudas designadas por el familiar

Si el difunto asignó a una persona como aval o deudor solidario, esta debe de liquidar la deuda del fallecido. Esto también aplica para tarjetas de crédito, que a pesar de cancelarse las deudas en caso de muerte, estas no se eliminarán si el plástico registra movimientos aún después de la fecha del deceso del titular.

¿Cómo puedo proteger a mi familia?

La menor manera de proteger a tu familia y no dejarlos con la responsabilidad de pagar deudas que adquirimos en vida, es la contratación de un seguro de vida y la adquisición de un plan de gastos funerarios.

El cual, en caso de que se herede una deuda, estos seguros les brindará la protección de recuperar el dinero gastado, así como un monto extra que puedan utilizarlo para invertir o emprender un negocio.

Las opiniones expresadas son sólo responsabilidad de sus autores y son completamente independientes de la postura de CORI TAX & LEGAL

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Testamento, indispensable para heredar los bienes

Autor: Alberto González | Fuente: El Sol de Hidalgo

Septiembre y octubre es la campaña del “Mes del Testamento”, en la cual únicamente se beneficia a las personas que sean de escasos recursos económicos, para que lo realicen ante notario público por un costo que va de los 786 hasta los 2,149 pesos, informó la fedatario Flor de María López González, titular de la Notaría Pública 5 de Tizayuca.

Con la participación y promoción del gobierno estatal, de ser en septiembre, se amplió a octubre, siendo una jornada para los que tienen una propiedad o no han definido el reparto de su herencia, pero quienes tienen solvencia económica quedan fuera del apoyo, precisó.

Al ser un servicio público esencial, “las notarías no han cerrado”, por lo que la entrevistada consideró que no se reprogramará por la pandemia del Covid-19, se realizará acatando las medidas sanitarias que dictan las autoridades de salud. El costo, detalló la también única mujer que ha sido titular de la Procuraduría de Justicia estatal, para las personas de la tercera edad es de 786 pesos, y otros interesados (menores de edad, jóvenes y adultos) asciende a 2,149 pesos.

Los adultos mayores son quienes más realizan el proceso en las Notarias Públicas, indicó. Explicó que el testamento consta de cuatro fases: Denuncia, Inventario y avalúo, Administración (rendición de cuentas) y Adjudicación.

Cuando el finado o ‘cujus’ no dejó el documento, entonces hay que iniciar un “juicio sucessorio intestario”, con la cónyuge y los hijos o herederos con parentesco, informó.

Cuando hay controversia entre los legatarios, dijo, puede tardarse años en que un juez dicte la resolución.

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